IVA reducido en una reforma

IVA reducido en una reforma

IVA reducido en una reforma

Cuando se reforma una vivienda, no siempre se aplica el IVA general de 21%, a veces es aplicable el IVA reducido del 10%. Por supuesto, todo depende de cada caso, por lo que deberás estudiar si tu futura reforma cumple con las condiciones.

Ya sea que hayas adquirido una casa nueva que requiere una reforma integral antes de habitarla, como si quieres mejorar tu vivienda actual (tal vez un nuevo revestimiento, cambiar las instalaciones de electricidad y fontanería, o añadir una nueva habitación y redistribuir el espacio…) seguro que quieres saber qué tipo impositivo de IVA te tocará sumar al coste total de la reforma. 

Ya que en algunos casos es del 10% y en otros del 21%, es necesario tener en cuenta este montaje económico al momento de hacer un presupuesto; así nos evitaremos gastar más de lo que teníamos planeado. Esta diferencia en el impuesto puede ser importante y es por eso que hoy te daremos todos los detalles de ambos tipos de IVA en reformas de viviendas. 

¿Cómo tributa cada partida? 

cómo tributa una reforma

La complicación al momento de calcular el IVA de una reforma integral, es que cada tipo de trabajo que se realice en el inmueble tributa a un tipo impositivo u otro. Además, hay algunas confusiones debido al cambio de legislación producido en 2010. Antes de esa fecha, solo las obras de albañilería tributaban con el IVA reducido, es decir, al 10%. 

Sin embargo, en la actualidad se reconocen otros trabajos básicos como imprescindibles para acondicionar una vivienda o un edificio propiedad de una comunidad de vecinos, por lo que pueden beneficiarse también del IVA reducido. Gracias a esto, podrás ahorrar una cantidad considerable al no tener que pagar un 21% a la Agencia Tributaria. 

Condiciones en las que se aplica el IVA reducido en reformas 

iva reducido en reformas

Si estás planeando reformar tu vivienda, ya sea habitual o recién adquirida, es importante que conozcas las tres condiciones básicas que exige la normativa actual para que en la factura actual pueda aplicarse el IVA reducido. 

  1. Cuando la reforma es contratada por una persona física, no una empresa o sociedad de cualquier tipo, y el inmueble es de uso particular. Si la reforma integral se dará a un local comercial para establecer un negocio, no es aplicable el IVA reducido y se gravará con el 21%. 
  2. Cuando han pasado por lo menos dos años de la construcción de la vivienda o la última rehabilitación antes de hacer la reforma integral. Si ha pasado menos de ese tiempo entre la primera reforma y la nueva, no será aplicable el IVA reducido y el tipo impositivo será del 21%. 
  3. Cuando el costo de los materiales usados en la reforma (ladrillos, cemento, marcos, azulejos…) no superan el 40% del costo total de la obra. Este es un requisito sencillo de cumplir, ya que los materiales habituales en una reforma no suelen superar ese porcentaje, porque implicaría una ganancia mínima para la empresa reformadora. 
  4. Si se reúnen las tres condiciones básicas (ser persona física, que la vivienda tenga más de dos años desde la última obra y que los materiales no superen el 40% del presupuesto), es posible beneficiarse del IVA reducido. 

En cuanto a las partidas donde es aplicable el IVA reducido, son las siguientes: trabajos de albañilería, mejoras en fontanería, electricidad, carpintería, pintura, techos de escayola, calderas, sistemas de telecomunicaciones, protección contra incendios, bajantes… En general, casi todas las partidas que conlleva la reforma de una vivienda. 

Rehabilitación de edificios y zonas comunes 

iva reducido en reformas de edificios

Las obras de este tipo también pueden gravar con un IVA del 10%, pero deberán cumplir con dos condiciones: 

  1. Más del 50% de las obras incluidas en el proyecto de rehabilitación deberán tratar elementos estructurales del edificio; como las fachadas, cimentación y cubiertas. 
  2. El costo total de la reforma deberá superar el 25% del precio de adquisición del edificio (siempre y cuando se haya comprado dos años antes del inicio de la reforma) o del valor en el mercado menos el valor del suelo. 

Si tu comunidad de vecinos desea una reforma general, deben saber en qué partidas se aplica el IVA del 10%. Algunas de ellas son la reconstrucción de fachadas o patios interiores, la instalación de ascensores o elementos destinados a salvar barreras arquitectónicas, la mejora de cerramientos existentes. En general, en todas las obras de albañilería, carpintería y fontanería, así como mejorar las instalaciones eléctricas para lograr que sean más eficientes a nivel energético. 

Por otro lado, si la reforma se hará únicamente a tu vivienda, es importante que el profesional encargado de llevarla a cabo te ayude a calcular el coste de tu IVA final tomando en cuenta los trabajos concretos que exige la renovación integral de la casa y el coste total de los materiales necesarios. De estos dos factores dependerá que debas pagar un IVA del 21% o del 10%, lo que implica una diferencia importante en el precio final de la reforma. 

Reformas Orce

Soy parte del equipo de Reformas Orce, una empresa de reformas y construcción en Sevilla con más de 20 años de experiencia en el sector. Nos enorgullece contar con una impecable trayectoria en la realización de reformas de viviendas y construcción de obra nueva. Nuestro equipo está formado por especialistas en diversos campos, incluyendo arquitectura, trabajos de construcción, albañilería, carpintería, fontanería, pintura y decoración de interiores. Estamos preparados para cubrir todas tus necesidades. Realizamos visitas in situ para estudiar detalladamente la reforma que deseas realizar en Sevilla. Además, elaboramos presupuestos desglosados para facilitar la toma de decisiones. En este blog, compartiré valiosos consejos e información actualizada sobre reformas, diseño de interiores y construcción. Estoy aquí para guiarte y brindarte inspiración en tu proceso de transformación de espacios. ¡Confía en Reformas Orce para hacer realidad tus proyectos de reforma y construcción en Sevilla!

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